RECURSOS
Corresponde al Juez Único de Competición el ejercicio de la potestad disciplinaria deportiva sobre las actas de los encuentros redactadas por el personal responsable del arbitraje y sobre las reclamaciones de recursos presentados en tiempo y forma por las personas autorizadas para ello.
Las
alegaciones a las actas arbitrales, serán dirigidas y resueltas en
primera instancia por el Juez Único del Campeonato, pudiendo ser
presentadas
directamente por el interesado/a, su entrenador/a o delegado/a en
Los escritos en que se formalicen los recursos deberán contener: nombre y dos apellidos, domicilio a efectos de notificación, calidad y derecho para interponer el recurso y DNI; relación de hechos denunciados o alegaciones basadas en los preceptos que considere infringidos, así como la aportación de pruebas o petición de las mismas que crea necesarias; solicitud que se derive de la denuncia o alegaciones presentadas.
Los acuerdos y resoluciones, siempre razonados, que se adopten por el Juez Único, serán directamente ejecutivos.
Para
lo no previsto en las Normas de Disciplina Deportiva Escolar, se
estará a lo dispuesto en el Reglamento Disciplinario de
